La Oficina del Censo Electoral es el órgano encargado de la formación del censo electoral, está encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística y ejerce sus competencias bajo la dirección y supervisión de la Junta Electoral Central.
El Director de la Oficina del Censo Electoral es el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y los Delegados Provinciales de la Oficina del Censo Electoral son los respectivos del Instituto Nacional de Estadística
Competencias:
1.- Elaboración del censo electoral
1.1. Coordina el proceso de elaboración del censo electoral y con tal fin puede dirigir instrucciones a los Ayuntamientos y Consulados, así como a los responsables del registro Civil y del Registro de Penados y Rebeldes.
1.2. Supervisa el proceso de elaboración del censo electoral y a tal efecto puede inspeccionar los Ayuntamientos y Consulados.
1.3. Controla y revisa de oficio las altas y bajas tramitadas por los órganos competentes y elabora un fichero nacional de electores.
1.4. Elimina las inscripciones múltiples de un mismo elector que no hayan sido detectadas por los Ayuntamientos y Consulados.
2.- Procesos electorales
2.1. Obtención de listas electorales para su exposición al público
2.2. Resolución de reclamaciones de electores
2.3 Determinación de las secciones, mesas y locales electorales
2.4. Entrega de copias del censo electoral a las candidaturas proclamadas
2.5. Envío de tarjetas censales a los electores
2.6. Tramitación del voto por correo
2.7. Expedición de certificaciones censales especificas
2.8. Expedición de certificados de inscripción en el censo
2.9. Obtención de listas de votación para las mesas electorales
2.10. Información al público
2.11. Difusión de datos censales
Formación del censo electoral
El censo electoral está compuesto por el censo de electores residentes en España(CER) y por el censo de electores residentes-ausentes que viven en el extranjero(CERA) y es único par toda clase de elecciones, sin perjuicio de su posible ampliación para las elecciones Municipales y del Parlamento Europeo.
El modelo del censo electoral
Es un censo electoral permanente y su actualización es mensual.
Para cada elección el censo vigente es el cerrado el día primero del mes anterior al de la fecha de la convocatoria.