Las denominaciones de los municipios y provincias que se presentan son las que figuran en el Registro de Entidades Locales (REL) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En dicho registro, creado mediante el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, siguiendo las disposiciones establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, deben inscribirse todas las entidades locales, entendiendo por tales a los municipios, provincias, islas, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y mancomunidades de municipios.
Las modificaciones registradas durante el año anterior son comunicadas al INE por el REL en cuanto se inscriben en el mismo.
El Instituto Nacional de Estadística es el Organismo encargado de asignar los códigos correspondientes a cada municipio que se componen de cinco dígitos: los dos primeros corresponden al código de la provincia y los tres restantes al del municipio dentro de ésta. Asimismo se publica un sexto dígito de control que, asignado mediante una regla de cálculo, permite la detección de errores de grabación y codificación.
El código de tres dígitos se asignó correlativamente por orden alfabético a nivel provincial para los municipios existentes a fecha 31-12-1970 manteniéndose hasta ahora. A los municipios de nueva creación se les asigna un código que empieza por 9 correlativo al último existente dentro de cada provincia, mientras que los códigos de los municipios que han desaparecido no han sido reutilizados, a no ser que se dé de alta un municipio existente después de 1970 para el que se le consigna el código que tuviera en la fecha de la baja.
Se relacionan con sus códigos todas Comunidades Autónomas, provincias, islas y todos los municipios del territorio nacional registrados en el REL, incluidas las Ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla).
La unidad básica es el municipio
Se relacionan con sus códigos todas Comunidades Autónomas, provincias, islas y todos los municipios del territorio nacional registrados en el REL.
Se relacionan con sus códigos todas Comunidades Autónomas, provincias, islas y todos los municipios del territorio nacional registrados en el REL, incluidas las Ciudades con estatuto de autonomía de Ceuta y Melilla.
La codificación de los municipios data de1970.
El código de tres dígitos se asignó correlativamente por orden alfabético a nivel provincial para los municipios existentes a fecha 31-12-1970 manteniéndose hasta ahora.
La relación de municipios ordenada por provincia y dentro de ésta por código de municipio, y por islas va referida al 1 de enero de cada año
Las modificaciones registradas durante el año hasta la obtención de la relación del año siguiente se publican en una tabla a medida que se tiene conocimiento de ellas través del Registro de Entidades Locales.
En el Registro de Entidades Locales (REL) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, creado mediante el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero, siguiendo las disposiciones establecidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, deben inscribirse todas las entidades locales, entendiendo por tales a los municipios, provincias, islas, entidades de ámbito territorial inferior al municipio y mancomunidades de municipios.
El INE facilita al REL el código de los municipios de nueva creación para su inscripción en el mismo.
El INE adopta las medidas lógicas, físicas y administrativas necesarias para que la protección de los datos confidenciales sea efectiva, desde la recogida de datos hasta su publicación.
En los cuestionarios de las encuestas se incluye una cláusula legal que informa de la protección que ampara a los datos recogidos.
En las fases de tratamiento de la información los datos que permiten la identificación directa sólo se conservan mientras son estrictamente necesarios para garantizar la calidad de los procesos.
En la publicación de las tablas de resultados se analiza el detalle de la información para evitar que puedan deducirse datos confidenciales de las unidades estadísticas. En los casos en que se difunden ficheros de microdatos, éstos siempre están anonimizados.
Dada la naturaleza del registro los datos no están sujetos a confidencialidad.
La Relación de municipios a 1 de enero y las modificaciones registradas el año anterior se difunden anualmente.
Las modificaciones registradas durante el año se publican a medida que se tiene conocimiento de ellas través del Registro de Entidades Locales.
La relación de municipios, referida al 1 de enero de cada año, ordenada por provincia y dentro de ésta por código de municipio, y por islas, así como las modificaciones registradas el año anterior y durante el año en curso se difunden a través de la WEB del INE.
Acceso a la Relación de municipios, provincias, comunidades y ciudades autónomas y sus códigos en INEBASE en el apartado Demografía y Población-Padrón.Población de municipios-Cifras Oficiales de Población de los Municipios Españoles: Revisión del Padrón Municipal.Enlaces relacionados :
http://www.ine.es/jaxi/menu.do?type=pcaxis&path=/t20/e245/codmun&file=inebase
Los usuarios pueden obtener de manera gratuita el fichero completo con la relación de municipios con su códigos por provincias y/o islas así como las de las provincias, Comunidades autónomas e islas
No hay datos anonimizados
Dada la naturaleza del registro se recoge toda la codificación existente hasta el nivel administrativo del municipio.
Una descripción se encuentra disponible en el siguiente enlace:
Dada su naturaleza no se dispone de estudios o informes de calidad
El registro de Entidades Locales comunica a lo largo del año natural todas las modificaciones que se registran en el mismo. Al finalizar el año y antes de la actualización de la Relación completa de municipios por provincias con sus códigos referida al 1 de enero se confirma con el citado Registro que todas las modificaciones que se van incluir son efectivamente todas las registradas durante el año anterior al de referencia
Se evalúa con el REL al finalizar el año
El uso de la codificación territorial es imprescindible en las distintas Unidades el INE para la obtención de los resultados estadísticos agregados a todos los niveles territoriales.
El uso de la relación de códigos está generalizada en el tratamiento informatizado de datos en los que la ubicación territorial es relevante.
Usuarios a destacar son:
-Ministerios y otros organismos públicos
-Administraciones Territoriales (comunidades autónomas,diputaciones provinciales y ayuntamientos)
-Universidades y centros de investigación
-Empresas
-Particulares
-Otras unidades del INE
-Organismos internacionales: Eurostat...
Dada la naturaleza del registro se proporciona al usuario toda la codificación existente hasta el nivel adminitrativo del municipio.
Se codifican todos los niveles territoriales: Comunidades Autónomas, provincias, municipios, islas y las ciudades de Ceuta y Melilla.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
La Relación de municipios y códigos por provincias a 1 de enero de cada año se publica en el plazo de un mes a partir de la fecha de referencia.
Los cambios que se van produciendo a lo largo del año se publican en una tabla en el momento en que son comunicados por el Registro de Entidade Locales, por lo que la información de los cambios está disponible en cuanto se producen, aunque la relación completa se publique una vez al año con referencia al 1 de enero.
La relación de municipios y códigos por provincias a 1 de enero se publica puntualmente el dia establecido en el calendario de publicaciones.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
La estimación del crédito presupuestario necesario para financiar esta estadística previsto en el Programa anual 2013 es 11,96 miles de euros.
Dado que la información procede de un registro administrativo no tiene costes para el informante.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación estos conceptos no son aplicables.
Las modificaciones registradas durante el año anterior al de referencia son comunicadas al INE por el REL y pueden estar ocasionadas por:
1.a) Alteraciones de los términos municipales, registradas durante el periodo citado, que se recogen en los apartados a), b), y c) del artículo 3.1 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, es decir, las que se hayan producido:
a) Por incorporación de uno o más municipios a otro u otros limítrofes.
b) Por fusión de dos o más municipios limítrofes.
c) Por segregación de parte del territorio de uno o varios municipios para construir otro independiente.
1.b) Cambios en las denominaciones oficiales de los municipios.
2-Correcciones efectuadas en la denominación de algunos municipios como consecuencia de la depuración llevada a cabo por el Registro de Entidades Locales con las Comunidades Autónomas.
Dada la naturaleza de la operación estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.
Dada la naturaleza de la operación, estos conceptos no son aplicables.