Metadatos Subindicador 8.8.1.3. Tasa accidentes mortales (mujeres)

Objetivo

Objetivo 8. Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos

Meta

Meta 8.8. Proteger los derechos laborales y promover un entorno de trabajo seguro y sin riesgos para todos los trabajadores, incluidos los trabajadores migrantes, en particular las mujeres migrantes y las personas con empleos precarios

Indicador

Indicador 8.8.1. Lesiones ocupacionales mortales y no mortales por cada 100.000 trabajadores, por sexo y estatus migratorio

Subindicador

Subindicador 8.8.1.3. Tasa accidentes mortales (mujeres)

Tipo de indicador (Global, Europeo, Nacional)
  • Global
  • Europeo (sdg_08_60)
Definición

Índice de incidencia de accidentes de trabajo mortales en mujeres ocurridos a lo largo del año por cada cien mil trabajadoras ocupadas

Método de cálculo

$$T(A_{M, mujeres})^{t}=\frac{A^{t}_{M, mujeres}}{\overline{E}^t_{mujeres}} \cdot 100.000$$ Donde: \( A^{t}_{M, mujeres}\) es el total de accidentes mortales de mujeres en el año t y  \( \overline{E}^t_{mujeres}\) es la media mensual de trabajadoras ocupadas en el año t.

Unidad de medida

Accidentes por cada cien mil trabajadores

Periodicidad

Anual

Desagregaciones (Sexo, Edad, Comunidad Autónoma, Otros)

Sexo, Gravedad del accidente

Nivel

Nivel 2

Proceden del Plan Estadístico Nacional (SI/NO)

Operación estadística

Estadística de Accidentes de Trabajo (Código IOE: 58012)

Fecha de la última actualización de los metadatos

15/12/2021

Enlace a metadatos de Naciones Unidas
Agencia de custodia

ILO

Observaciones

Los accidentes de trabajo mortales se toman de la Estadística Europea de Accidentes de Trabajo, por lo que se excluyen los accidentes in itinere, los infartos, derrames cerebrales y otros por causas naturales y los suicidios.

Para la media mensual de trabajadores ocupados se consideran los afiliados a la Seguridad Social con la contingencia de accidente de trabajo cubierta (dato a último día de mes), así como los funcionarios del mutualismo administrativo de MUFACE, ISFAS y MUGEJU.