Concepto seleccionado: Residuos municipales
- Definición
 - 
						
Son aquellos residuos procedentes de la recogida en el ámbito urbano, que son competencia de las entidades locales o diputaciones forales, cuando proceda, y que comprenden las siguientes categorías: metálicos, vidrio, papel y cartón, plástico, madera, textiles, equipos desechados, pilas y acumuladores, animales y productos alimenticios mezclados, vegetales, domésticos y similares, otros residuos minerales y suelos.
- Notas
 A efectos de las obligaciones de información respecto a organismos internacionales (OCDE y Eurostat, etc.)
 - Fuente
 - 
							
							
Ley de residuos y suelos contaminados Más información
 - Tema
 - Operaciones estadísticas (enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)
 - Conceptos asociados
 - 
						
						
							
							
								
No existen conceptos relacionados