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Concepto seleccionado: Sucursales o establecimientos secundarios
Definición
Se entiende por sucursal todo establecimiento secundario dotado de representación permanente y de cierta autonomía de gestión, a través del cual se desarrollan, total o parcialmente, las actividades de la sociedad.Su inscripción en Registro Mercantil será en la provincia correspondiente al domicilio de la sucursal, debiendo constar, entre otras, el domicilio y la actividad económica.
Si las sucursales pertenecer a una sociedad extranjera, se inscribirán también en el Registro Mercantil correspondiente al lugar de su domicilio.
Fuente
Encuestas Sociedades Mercantiles y Procedimiento ConcursalTema
Operaciones estadísticas
(enlaces al Inventario de Operaciones Estadísticas)Conceptos asociados
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