Encuesta Cuatrienal de Estructura Salarial Resultados Nacionales: Estructura porcentual del salario bruto mensual Clasificado por subgrupos principales de la CNO-11 Unidades: % ;Salario base;Complementos salariales;Complementos salariales por razón de nocturnidad, turnicidad o trabajo durante el fin de semana;Pagos por horas extraordinarias;Salario ordinario;Pagas extraordinarias;Salario bruto;Contribuciones a la seguridad social a cargo del trabajador;Retenciones IRPF;Salario neto; Ambos sexos; Todas las ocupaciones;66,51;30,93;1,50;0,63;98,07;1,93;100,00;6,26;14,67;79,07; 11. Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos, directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social, directores ejecutivos;52,27;44,58;0,05;0,00;96,85;3,15;100,00;3,12;29,41;67,47; 12. Directores de departamentos administrativos y comerciales;57,31;38,42;0,09;0,02;95,75;4,25;100,00;4,48;25,85;69,67; 13. Directores de producción y operaciones;58,59;37,27;0,05;0,03;95,89;4,11;100,00;4,53;25,63;69,84; 14. Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio;-51,44;-41,07;-0,08;0,00;-92,51;-7,49;-100,00;-3,96;-26,21;-69,83; 15. Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes;-58,41;-40,22;-0,18;-0,01;-98,64;-1,36;-100,00;-5,04;-22,27;-72,69; 21. Profesionales de la salud;45,41;51,60;5,96;2,44;99,45;0,55;100,00;5,10;20,94;73,96; 22. Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria;68,96;30,09;0,17;0,03;99,08;0,92;100,00;6,84;15,66;77,50; 23. Otros profesionales de la enseñanza;72,64;26,42;0,12;0,10;99,16;0,84;100,00;6,46;12,69;80,85; 24. Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías;66,44;31,92;0,37;0,15;98,51;1,49;100,00;5,95;19,52;74,53; 25. Profesionales en derecho;62,12;36,47;0,02;0,10;98,69;1,31;100,00;5,69;19,14;75,17; 26. Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la comercialización;59,73;35,86;0,22;0,03;95,62;4,38;100,00;5,65;20,32;74,03; 27. Profesionales de las tecnologías de la información;65,25;33,17;0,67;0,17;98,59;1,41;100,00;6,23;19,30;74,47; 28. Profesionales en ciencias sociales;68,58;29,83;0,18;0,13;98,54;1,46;100,00;6,50;15,00;78,50; 29. Profesionales de la cultura y el espectáculo;61,88;36,27;1,74;0,07;98,22;1,78;100,00;6,16;17,38;76,46; 31. Técnicos de las ciencias y de las ingenierías;65,63;31,51;2,33;0,89;98,03;1,97;100,00;6,35;17,38;76,27; 32. Supervisores en ingeniería de minas, de industrias manufactureras y de la construcción;60,13;37,46;1,57;0,73;98,32;1,68;100,00;6,37;17,45;76,18; 33. Técnicos sanitarios y profesionales de las terapias alternativas;65,96;32,80;1,68;0,15;98,91;1,09;100,00;6,53;13,09;80,38; 34. Profesionales de apoyo en finanzas y matemáticas;66,40;28,68;0,26;0,08;95,16;4,84;100,00;6,05;20,09;73,86; 35. Representantes, agentes comerciales y afines;63,49;34,17;0,35;0,08;97,74;2,26;100,00;6,28;17,57;76,15; 36. Profesionales de apoyo a la gestión administrativa, técnicos de las fuerzas y cuerpos de seguridad;61,60;35,77;0,30;0,14;97,51;2,49;100,00;6,32;15,37;78,31; 37. Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines;69,98;28,64;0,84;0,08;98,70;1,30;100,00;6,31;13,38;80,31; 38. Técnicos de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC);68,17;30,31;1,27;0,38;98,86;1,14;100,00;6,58;16,44;76,98; 41. Empleados en servicios contables, financieros, y de servicios de apoyo a la producción y al transporte;69,82;27,33;0,52;0,30;97,45;2,55;100,00;6,57;15,16;78,27; 42. Empleados de bibliotecas, servicios de correos y afines;60,99;38,70;1,02;0,04;99,73;0,27;100,00;6,78;11,12;82,10; 43. Otros empleados administrativos sin tareas de atención al público;68,40;30,31;0,28;0,21;98,92;1,08;100,00;6,71;10,65;82,64; 44. Empleados de agencias de viajes, recepcionistas y telefonistas, empleados de ventanilla y afines (excepto taquilleros);75,05;22,19;1,12;0,15;97,39;2,61;100,00;6,63;10,09;83,28; 45. Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes;69,13;29,80;0,59;0,09;99,02;0,98;100,00;6,58;10,81;82,61; 50. Camareros y cocineros propietarios;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 51. Trabajadores asalariados de los servicios de restauración;85,10;13,45;0,68;0,14;98,69;1,31;100,00;6,51;7,62;85,87; 52. Dependientes en tiendas y almacenes;76,28;19,17;0,37;0,10;95,55;4,45;100,00;6,47;8,87;84,66; 53. Comerciantes propietarios de tiendas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 54. Vendedores (excepto en tiendas y almacenes);80,75;19,18;1,46;0,00;99,93;0,07;100,00;7,01;9,09;83,90; 55. Cajeros y taquilleros (excepto bancos);82,64;16,58;0,76;0,26;99,48;0,52;100,00;6,66;7,68;85,66; 56. Trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud;63,59;35,57;5,43;0,34;99,50;0,50;100,00;6,58;10,78;82,64; 57. Otros trabajadores de los cuidados a las personas;82,08;14,41;0,99;0,12;96,61;3,39;100,00;6,59;5,13;88,28; 58. Trabajadores de los servicios personales;67,72;29,96;1,45;1,20;98,88;1,12;100,00;6,47;9,90;83,63; 59. Trabajadores de los servicios de protección y seguridad;48,12;46,93;5,66;4,28;99,33;0,67;100,00;6,13;15,79;78,08; 61. Trabajadores cualificados en actividades agrícolas;69,78;24,97;0,32;0,75;95,50;4,50;100,00;6,62;9,76;83,62; 62. Trabajadores cualificados en actividades ganaderas, (incluidas avícolas, apícolas y similares);.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 64. Trabajadores cualificados en actividades forestales, pesqueras y cinegéticas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 71. Trabajadores en obras estructurales de construcción y afines;71,93;26,81;0,38;0,63;99,37;0,63;100,00;6,74;10,34;82,92; 72. Trabajadores de acabado de construcciones e instalaciones (excepto electricistas), pintores y afines;73,89;24,78;0,75;0,50;99,17;0,83;100,00;6,73;10,99;82,28; 73. Soldadores, chapistas, montadores de estructuras metálicas, herreros, elaboradores de herramientas y afines;71,06;27,24;1,41;1,04;99,34;0,66;100,00;6,77;12,76;80,47; 74. Mecánicos y ajustadores de maquinaria;67,93;28,44;1,74;1,09;97,46;2,54;100,00;6,64;14,17;79,19; 75. Trabajadores especializados en electricidad y electrotecnología;70,74;26,69;1,99;1,15;98,58;1,42;100,00;6,64;14,48;78,88; 76. Mecánicos de precisión en metales, ceramistas, vidrieros, artesanos y trabajadores de artes gráficas;63,99;34,90;2,66;0,53;99,42;0,58;100,00;6,93;12,83;80,24; 77. Trabajadores de la industria de la alimentación, bebidas y tabaco;76,78;21,86;1,48;0,69;99,33;0,67;100,00;6,82;9,12;84,06; 78. Trabajadores de la madera, textil, confección, piel, cuero, calzado y otros operarios en oficios;79,04;19,40;0,86;0,67;99,11;0,89;100,00;6,85;9,65;83,50; 81. Operadores de instalaciones y maquinaria fijas;68,96;28,28;4,83;1,40;98,64;1,36;100,00;6,87;12,28;80,85; 82. Montadores y ensambladores en fábricas;73,64;21,38;2,79;1,30;96,32;3,68;100,00;6,81;12,99;80,20; 83. Maquinistas de locomotoras, operadores de maquinaria agrícola y de equipos pesados móviles, y marineros;66,77;30,69;1,86;1,26;98,72;1,28;100,00;6,49;13,92;79,59; 84. Conductores de vehículos para el transporte urbano o por carretera;71,03;27,08;1,33;0,64;98,75;1,25;100,00;6,64;10,71;82,65; 91. Empleados domésticos;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 92. Otro personal de limpieza;80,01;18,83;1,15;0,21;99,05;0,95;100,00;6,91;6,03;87,06; 93. Ayudantes de preparación de alimentos;85,45;13,46;1,18;0,23;99,14;0,86;100,00;6,43;6,00;87,57; 94. Recogedores de residuos urbanos, vendedores callejeros y otras ocupaciones elementales en servicios;61,39;33,91;2,68;0,82;96,12;3,88;100,00;6,69;10,95;82,36; 95. Peones agrarios, forestales y de la pesca;-70,06;-26,70;-0,75;-0,89;-97,65;-2,35;-100,00;-6,62;-7,66;-85,72; 96. Peones de la construcción y de la minería;74,19;25,08;0,67;0,42;99,69;0,31;100,00;6,73;7,95;85,32; 97. Peones de las industrias manufactureras;79,92;18,75;2,12;0,90;99,57;0,43;100,00;6,69;8,33;84,98; 98. Peones del transporte, descargadores y reponedores;75,75;21,99;1,51;1,25;98,99;1,01;100,00;6,66;8,34;85,00; Mujeres; Todas las ocupaciones;69,40;28,41;1,35;0,43;98,24;1,76;100,00;6,40;12,96;80,64; 11. Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos, directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social, directores ejecutivos;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 12. Directores de departamentos administrativos y comerciales;58,40;39,11;0,03;0,00;97,51;2,49;100,00;4,95;23,68;71,37; 13. Directores de producción y operaciones;61,31;34,57;0,03;0,06;95,94;4,06;100,00;4,86;24,20;70,94; 14. Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 15. Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 21. Profesionales de la salud;48,35;48,87;5,66;2,22;99,44;0,56;100,00;5,43;19,61;74,96; 22. Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria;70,91;28,18;0,18;0,05;99,14;0,86;100,00;6,91;15,08;78,01; 23. Otros profesionales de la enseñanza;73,83;25,61;0,15;0,03;99,47;0,53;100,00;6,54;12,05;81,41; 24. Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías;71,27;27,31;0,34;0,11;98,69;1,31;100,00;6,37;17,23;76,40; 25. Profesionales en derecho;-63,66;-34,73;-0,01;-0,17;-98,56;-1,44;-100,00;-5,97;-18,04;-75,99; 26. Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la comercialización;62,05;34,42;0,30;0,02;96,49;3,51;100,00;5,97;18,97;75,06; 27. Profesionales de las tecnologías de la información;68,17;29,65;0,74;0,04;97,86;2,14;100,00;6,40;17,78;75,82; 28. Profesionales en ciencias sociales;69,07;29,17;0,17;0,16;98,40;1,60;100,00;6,59;14,53;78,88; 29. Profesionales de la cultura y el espectáculo;66,56;32,37;1,22;0,07;99,00;1,00;100,00;6,48;16,06;77,46; 31. Técnicos de las ciencias y de las ingenierías;72,41;25,40;1,21;0,37;98,18;1,82;100,00;6,64;14,85;78,51; 32. Supervisores en ingeniería de minas, de industrias manufactureras y de la construcción;-71,38;-26,32;-0,98;-1,03;-98,73;-1,27;-100,00;-6,82;-15,33;-77,85; 33. Técnicos sanitarios y profesionales de las terapias alternativas;66,67;32,09;1,93;0,22;98,98;1,02;100,00;6,57;12,14;81,29; 34. Profesionales de apoyo en finanzas y matemáticas;69,48;25,25;0,10;0,03;94,76;5,24;100,00;6,33;18,43;75,24; 35. Representantes, agentes comerciales y afines;67,79;29,31;0,20;0,02;97,12;2,88;100,00;6,61;15,99;77,40; 36. Profesionales de apoyo a la gestión administrativa, técnicos de las fuerzas y cuerpos de seguridad;64,35;33,33;0,17;0,06;97,74;2,26;100,00;6,48;14,24;79,28; 37. Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines;72,16;27,19;0,65;0,06;99,41;0,59;100,00;6,66;11,25;82,09; 38. Técnicos de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC);68,80;30,03;0,89;0,13;98,96;1,04;100,00;6,70;15,80;77,50; 41. Empleados en servicios contables, financieros, y de servicios de apoyo a la producción y al transporte;73,00;24,16;0,22;0,13;97,29;2,71;100,00;6,69;13,44;79,87; 42. Empleados de bibliotecas, servicios de correos y afines;60,98;38,58;0,90;0,06;99,62;0,38;100,00;6,80;11,17;82,03; 43. Otros empleados administrativos sin tareas de atención al público;69,31;29,73;0,28;0,20;99,24;0,76;100,00;6,73;10,22;83,05; 44. Empleados de agencias de viajes, recepcionistas y telefonistas, empleados de ventanilla y afines (excepto taquilleros);78,52;18,91;1,07;0,19;97,62;2,38;100,00;6,65;9,08;84,27; 45. Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes;70,41;28,76;0,50;0,08;99,25;0,75;100,00;6,59;10,22;83,19; 50. Camareros y cocineros propietarios;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 51. Trabajadores asalariados de los servicios de restauración;88,12;11,11;0,65;0,11;99,34;0,66;100,00;6,55;6,25;87,20; 52. Dependientes en tiendas y almacenes;80,04;15,64;0,35;0,07;95,75;4,25;100,00;6,54;7,42;86,04; 53. Comerciantes propietarios de tiendas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 54. Vendedores (excepto en tiendas y almacenes);83,76;16,23;1,49;0,01;100,00;0,00;100,00;7,00;7,45;85,55; 55. Cajeros y taquilleros (excepto bancos);84,73;14,85;0,59;0,25;99,83;0,17;100,00;6,68;6,83;86,49; 56. Trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud;65,23;33,98;5,10;0,31;99,52;0,48;100,00;6,62;10,46;82,92; 57. Otros trabajadores de los cuidados a las personas;81,83;14,48;0,93;0,07;96,38;3,62;100,00;6,60;5,02;88,38; 58. Trabajadores de los servicios personales;73,89;25,04;1,01;0,46;99,39;0,61;100,00;6,54;7,96;85,50; 59. Trabajadores de los servicios de protección y seguridad;54,73;39,90;3,06;4,26;98,89;1,11;100,00;6,21;13,72;80,07; 61. Trabajadores cualificados en actividades agrícolas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 62. Trabajadores cualificados en actividades ganaderas, (incluidas avícolas, apícolas y similares);.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 64. Trabajadores cualificados en actividades forestales, pesqueras y cinegéticas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 71. Trabajadores en obras estructurales de construcción y afines;-74,39;-24,86;-1,23;-0,56;-99,81;-0,19;-100,00;-6,77;-9,49;-83,74; 72. Trabajadores de acabado de construcciones e instalaciones (excepto electricistas), pintores y afines;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 73. Soldadores, chapistas, montadores de estructuras metálicas, herreros, elaboradores de herramientas y afines;-81,30;-13,28;-1,02;-0,71;-95,29;-4,71;-100,00;-6,52;-12,41;-81,07; 74. Mecánicos y ajustadores de maquinaria;-77,46;-19,97;-1,95;-1,51;-98,94;-1,06;-100,00;-7,04;-12,01;-80,95; 75. Trabajadores especializados en electricidad y electrotecnología;-80,50;-18,67;-1,34;-0,25;-99,42;-0,58;-100,00;-7,09;-14,54;-78,37; 76. Mecánicos de precisión en metales, ceramistas, vidrieros, artesanos y trabajadores de artes gráficas;-70,45;-28,81;-0,84;-0,27;-99,53;-0,47;-100,00;-6,86;-9,33;-83,81; 77. Trabajadores de la industria de la alimentación, bebidas y tabaco;85,72;13,63;0,62;0,47;99,82;0,18;100,00;6,77;6,70;86,53; 78. Trabajadores de la madera, textil, confección, piel, cuero, calzado y otros operarios en oficios;83,02;16,18;0,61;0,10;99,30;0,70;100,00;6,97;7,18;85,85; 81. Operadores de instalaciones y maquinaria fijas;77,70;19,35;2,41;1,69;98,74;1,26;100,00;6,84;8,20;84,96; 82. Montadores y ensambladores en fábricas;79,59;16,74;2,01;0,90;97,23;2,77;100,00;6,99;10,86;82,15; 83. Maquinistas de locomotoras, operadores de maquinaria agrícola y de equipos pesados móviles, y marineros;-76,39;-21,63;-1,96;-0,61;-98,63;-1,37;-100,00;-6,72;-11,66;-81,62; 84. Conductores de vehículos para el transporte urbano o por carretera;-72,64;-26,17;-2,50;-0,86;-99,67;-0,33;-100,00;-6,96;-9,99;-83,05; 91. Empleados domésticos;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 92. Otro personal de limpieza;80,92;17,98;1,01;0,14;99,04;0,96;100,00;6,91;5,55;87,54; 93. Ayudantes de preparación de alimentos;83,88;15,08;1,32;0,27;99,23;0,77;100,00;6,41;5,80;87,79; 94. Recogedores de residuos urbanos, vendedores callejeros y otras ocupaciones elementales en servicios;65,22;29,87;1,50;0,80;95,89;4,11;100,00;6,68;10,14;83,18; 95. Peones agrarios, forestales y de la pesca;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 96. Peones de la construcción y de la minería;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 97. Peones de las industrias manufactureras;87,02;11,72;1,06;0,83;99,57;0,43;100,00;6,36;5,32;88,32; 98. Peones del transporte, descargadores y reponedores;82,31;16,74;1,05;0,73;99,78;0,22;100,00;6,78;6,02;87,20; Varones; Todas las ocupaciones;64,53;32,66;1,60;0,77;97,96;2,04;100,00;6,16;15,84;78,00; 11. Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos, directivos de la Administración Pública y organizaciones de interés social, directores ejecutivos;-48,77;-47,67;-0,01;0,00;-96,44;-3,56;-100,00;-2,83;-30,33;-66,84; 12. Directores de departamentos administrativos y comerciales;56,80;38,09;0,12;0,04;94,93;5,07;100,00;4,26;26,88;68,86; 13. Directores de producción y operaciones;57,50;38,36;0,06;0,01;95,87;4,13;100,00;4,40;26,21;69,39; 14. Directores y gerentes de empresas de alojamiento, restauración y comercio;-50,27;-41,93;-0,08;0,00;-92,20;-7,80;-100,00;-3,68;-26,91;-69,41; 15. Directores y gerentes de otras empresas de servicios no clasificados bajo otros epígrafes;-55,10;-43,07;-0,12;-0,01;-98,18;-1,82;-100,00;-4,84;-23,12;-72,04; 21. Profesionales de la salud;39,49;57,12;6,58;2,90;99,51;0,49;100,00;4,44;23,62;71,94; 22. Profesionales de la enseñanza infantil, primaria, secundaria y postsecundaria;65,26;33,72;0,15;0,00;98,98;1,02;100,00;6,71;16,76;76,53; 23. Otros profesionales de la enseñanza;-70,72;-27,74;-0,06;-0,22;-98,68;-1,32;-100,00;-6,33;-13,71;-79,96; 24. Profesionales de la ciencias físicas, químicas, matemáticas y de las ingenierías;64,55;33,73;0,37;0,17;98,45;1,55;100,00;5,78;20,42;73,80; 25. Profesionales en derecho;-60,03;-38,86;-0,02;-0,01;-98,90;-1,10;-100,00;-5,31;-20,65;-74,04; 26. Especialistas en organización de la Administración Pública y de las empresas y en la comercialización;57,79;37,06;0,16;0,04;94,89;5,11;100,00;5,37;21,46;73,17; 27. Profesionales de las tecnologías de la información;64,22;34,41;0,65;0,22;98,85;1,15;100,00;6,17;19,84;73,99; 28. Profesionales en ciencias sociales;-66,90;-32,08;-0,25;-0,02;-99,00;-1,00;-100,00;-6,19;-16,61;-77,20; 29. Profesionales de la cultura y el espectáculo;57,31;40,08;2,25;0,07;97,46;2,54;100,00;5,84;18,67;75,49; 31. Técnicos de las ciencias y de las ingenierías;63,82;33,14;2,63;1,02;97,98;2,02;100,00;6,28;18,05;75,67; 32. Supervisores en ingeniería de minas, de industrias manufactureras y de la construcción;59,40;38,19;1,61;0,71;98,30;1,70;100,00;6,34;17,59;76,07; 33. Técnicos sanitarios y profesionales de las terapias alternativas;64,69;34,07;1,24;0,02;98,78;1,22;100,00;6,45;14,82;78,73; 34. Profesionales de apoyo en finanzas y matemáticas;63,66;31,74;0,39;0,12;95,52;4,48;100,00;5,79;21,58;72,63; 35. Representantes, agentes comerciales y afines;61,93;35,93;0,41;0,10;97,96;2,04;100,00;6,16;18,15;75,69; 36. Profesionales de apoyo a la gestión administrativa, técnicos de las fuerzas y cuerpos de seguridad;57,15;39,73;0,52;0,27;97,15;2,85;100,00;6,05;17,19;76,76; 37. Profesionales de apoyo de servicios jurídicos, sociales, culturales, deportivos y afines;68,30;29,76;0,98;0,10;98,16;1,84;100,00;6,05;15,02;78,93; 38. Técnicos de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC);68,00;30,38;1,38;0,44;98,82;1,18;100,00;6,55;16,62;76,83; 41. Empleados en servicios contables, financieros, y de servicios de apoyo a la producción y al transporte;67,13;30,00;0,77;0,45;97,58;2,42;100,00;6,46;16,61;76,93; 42. Empleados de bibliotecas, servicios de correos y afines;61,01;38,85;1,17;0,01;99,87;0,13;100,00;6,76;11,05;82,19; 43. Otros empleados administrativos sin tareas de atención al público;65,68;32,05;0,27;0,23;97,96;2,04;100,00;6,63;11,93;81,44; 44. Empleados de agencias de viajes, recepcionistas y telefonistas, empleados de ventanilla y afines (excepto taquilleros);69,21;27,69;1,20;0,09;96,99;3,01;100,00;6,61;11,79;81,60; 45. Empleados administrativos con tareas de atención al público no clasificados bajo otros epígrafes;64,93;33,23;0,89;0,11;98,27;1,73;100,00;6,54;12,77;80,69; 50. Camareros y cocineros propietarios;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 51. Trabajadores asalariados de los servicios de restauración;82,59;15,39;0,71;0,16;98,14;1,86;100,00;6,48;8,75;84,77; 52. Dependientes en tiendas y almacenes;69,51;25,51;0,40;0,15;95,17;4,83;100,00;6,34;11,46;82,20; 53. Comerciantes propietarios de tiendas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 54. Vendedores (excepto en tiendas y almacenes);-77,78;-22,10;-1,42;0,00;-99,88;-0,12;-100,00;-7,03;-10,72;-82,25; 55. Cajeros y taquilleros (excepto bancos);-73,50;-24,15;-1,52;-0,32;-97,97;-2,03;-100,00;-6,59;-11,41;-82,00; 56. Trabajadores de los cuidados a las personas en servicios de salud;55,95;43,00;6,98;0,51;99,46;0,54;100,00;6,41;12,28;81,31; 57. Otros trabajadores de los cuidados a las personas;-85,80;-13,35;-1,85;-0,85;-100,00;0,00;-100,00;-6,30;-6,89;-86,81; 58. Trabajadores de los servicios personales;61,57;34,88;1,88;1,93;98,38;1,62;100,00;6,39;11,84;81,77; 59. Trabajadores de los servicios de protección y seguridad;47,26;47,84;5,99;4,29;99,39;0,61;100,00;6,11;16,06;77,83; 61. Trabajadores cualificados en actividades agrícolas;70,83;23,64;0,35;0,84;95,31;4,69;100,00;6,59;9,70;83,71; 62. Trabajadores cualificados en actividades ganaderas, (incluidas avícolas, apícolas y similares);.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 64. Trabajadores cualificados en actividades forestales, pesqueras y cinegéticas;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 71. Trabajadores en obras estructurales de construcción y afines;71,87;26,86;0,36;0,64;99,37;0,63;100,00;6,74;10,36;82,90; 72. Trabajadores de acabado de construcciones e instalaciones (excepto electricistas), pintores y afines;73,81;24,85;0,75;0,50;99,16;0,84;100,00;6,74;11,02;82,24; 73. Soldadores, chapistas, montadores de estructuras metálicas, herreros, elaboradores de herramientas y afines;70,68;27,76;1,42;1,05;99,49;0,51;100,00;6,78;12,78;80,44; 74. Mecánicos y ajustadores de maquinaria;67,76;28,59;1,74;1,08;97,43;2,57;100,00;6,63;14,21;79,16; 75. Trabajadores especializados en electricidad y electrotecnología;70,33;27,02;2,02;1,19;98,54;1,46;100,00;6,62;14,48;78,90; 76. Mecánicos de precisión en metales, ceramistas, vidrieros, artesanos y trabajadores de artes gráficas;62,48;36,32;3,08;0,59;99,39;0,61;100,00;6,94;13,64;79,42; 77. Trabajadores de la industria de la alimentación, bebidas y tabaco;72,27;26,02;1,91;0,80;99,09;0,91;100,00;6,84;10,34;82,82; 78. Trabajadores de la madera, textil, confección, piel, cuero, calzado y otros operarios en oficios;77,34;20,78;0,97;0,92;99,04;0,96;100,00;6,79;10,71;82,50; 81. Operadores de instalaciones y maquinaria fijas;66,33;30,98;5,56;1,31;98,62;1,38;100,00;6,87;13,51;79,62; 82. Montadores y ensambladores en fábricas;71,94;22,71;3,02;1,41;96,06;3,94;100,00;6,76;13,60;79,64; 83. Maquinistas de locomotoras, operadores de maquinaria agrícola y de equipos pesados móviles, y marineros;66,49;30,95;1,86;1,28;98,72;1,28;100,00;6,48;13,99;79,53; 84. Conductores de vehículos para el transporte urbano o por carretera;70,98;27,11;1,29;0,63;98,72;1,28;100,00;6,63;10,73;82,64; 91. Empleados domésticos;.;.;.;.;.;.;.;.;.;.; 92. Otro personal de limpieza;75,60;23,03;1,84;0,55;99,18;0,82;100,00;6,90;8,41;84,69; 93. Ayudantes de preparación de alimentos;-88,37;-10,46;-0,91;-0,16;-98,99;-1,01;-100,00;-6,46;-6,36;-87,18; 94. Recogedores de residuos urbanos, vendedores callejeros y otras ocupaciones elementales en servicios;60,02;35,35;3,10;0,83;96,20;3,80;100,00;6,69;11,25;82,06; 95. Peones agrarios, forestales y de la pesca;-67,88;-28,51;-0,80;-0,95;-97,34;-2,66;-100,00;-6,57;-8,01;-85,42; 96. Peones de la construcción y de la minería;74,03;25,21;0,67;0,43;99,67;0,33;100,00;6,72;7,99;85,29; 97. Peones de las industrias manufactureras;76,92;21,73;2,57;0,93;99,58;0,42;100,00;6,82;9,60;83,58; 98. Peones del transporte, descargadores y reponedores;73,84;23,52;1,64;1,40;98,76;1,24;100,00;6,63;9,02;84,35; Notas: .Dato protegido por secreto estadístico 1) '..'=No se facilita el dato correspondiente por ser el número de observaciones muestrales inferior a 100 Cuando la casilla está marcada con un signo '-' antes del dato, indica que el número de observaciones muestrales está comprendido entre 100 y 500, por lo que la cifra es poco fiable y hay que interpretarla con cautela. Fuente: Instituto Nacional de Estadística