- Censo Electoral
El Censo Electoral
El censo electoral contiene la inscripción de quienes reúnen los requisitos para ser elector y no se hallen privados, definitiva o temporalmente, del derecho de sufragio.
El censo electoral está compuesto por:
- El censo electoral de españoles residentes en España (CER).
- El censo electoral de españoles residentes-ausentes que viven en el extranjero (CERA).
Y es único para todos los tipos de elecciones que se celebran en España, a excepción de elecciones municipales incluidas las elecciones a Cabildos insulares en Canarias, a Consejos Insulares en Illes Balears, al Consejo General del Valle de Arán y a Juntas Generales de Territorio Histórico en el País Vasco dónde no pueden votar los españoles residentes en el extranjero y, por tanto, es indispensable figurar inscrito en el CER.
Además, el censo electoral se amplía con:
- El censo electoral de residentes en España que sean nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales (CERE Acuerdos)
- El censo electoral de ciudadanos de la Unión Europea residentes en España para las elecciones municipales y al Parlamento Europeo (CERE UE).
El censo electoral, excepto CERE Acuerdos, es permanente, su actualización es mensual con referencia al día primero de cada mes y los electores pueden presentar reclamaciones al censo electoral en cualquier momento.
- La actualización mensual se realiza fundamentalmente con la información recibida de oficio de los Ayuntamientos, Oficinas Consulares, encargados del registro Civil y con las reclamaciones al censo electoral que resulten estimadas.
- Durante cada mes se forma el censo electoral cerrado el día primero de ese mes con las variaciones enviadas a la Oficina del censo Electoral hasta el penúltimo día del mes anterior y tramitadas ese mes.
El censo electoral vigente para una elección es el cerrado el día primero del segundo mes anterior al de la fecha de su convocatoria, con las inscripciones de quienes tengan la mayoría de edad el día de la votación
El CERE Acuerdos se forma con motivo de cada elección municipal
- El CERE Acuerdos se forma con motivo de cada elección municipal y las inscripciones serán válidas exclusivamente para las elecciones municipales para las que se realicen las solicitudes
- La relación de países con Acuerdos en vigor son Bolivia, Cabo Verde, Colombia, Corea, Chile, Ecuador, Islandia, Noruega, Paraguay, Perú, Reino Unido, Trinidad y Tobago y Nueva Zelanda
- Normativa sobre el Censo Electoral
- Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), Artículos 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 176 y 210.