Acceso a microdatos confidenciales con fines científicos

Según lo previsto en el Reglamento (Ce) No 223/2009 relativo a la estadística europea y en el Código de Buenas Prácticas de las Estadísticas Europeas, el INE facilita el acceso a datos confidenciales para su uso en proyectos de investigación científica.

¿Quién puede solicitarlo?

Exclusivamente investigadores que trabajen o colaboren en entidades de investigación reconocidas, que desarrollen un proyecto de investigación científica para el que justifiquen la necesidad de uso de datos estadísticos confidenciales.

Procedimiento para ser reconocido como entidad investigadora

Las entidades interesadas en acceder a información estadística confidencial con fines científicos deben primero solicitar ser reconocidas como entidades investigadoras por el INE. Al hacer su evaluación, el INE tiene en cuenta lo siguiente:

  • La legislación vigente sobre Ciencia y Tecnología
  • Si la entidad tiene como actividad la investigación científica y así figura en sus estatutos o norma de funcionamiento
  • Si la entidad pone a disposición del público los resultados de las investigaciones
  • Si la entidad tiene plena independencia para formular conclusiones científicas. Este criterio se tiene especialmente en cuenta en caso de aquellos solicitantes que sean departamentos de una entidad mayor
  • Las medidas de seguridad físicas, técnicas y administrativas para la protección de los datos

Este trámite es único, es decir, la entidad solo deberá hacerlo una vez. 

Formulario de solicitud de reconocimiento como entidad de investigación

Listado de Entidades de Investigación reconocidas

Procedimiento para solicitar datos confidenciales con fines científicos

Las entidades reconocidas por el INE pueden enviar solicitudes de acceso a datos estadísticos confidenciales cuando haya un proyecto de investigación que justifique su necesidad.

La entidad deberá rellenar y enviar un formulario detallando la información requerida y el proyecto en el que se va a utilizar cada vez que requiera datos confidenciales para una investigación. En la solicitud, entre otros aspectos se deberá señalar de forma precisa de qué operación estadística se requieren los datos, las variables que se desea consultar, el nivel geográfico y temporal, así como la justificación de la necesidad de esta información.

El INE evaluará cada solicitud de acceso a datos confidenciales con fines científicos y podrá, por causas justificadas, denegar el acceso a los datos, independientemente de que la entidad esté reconocida por el INE como entidad investigadora. En caso de que el proyecto se apruebe, el INE solo facilitará la información mínima necesaria para llevar a cabo el proyecto de investigación.

En el caso de solicitudes por parte de entidades privadas, el INE podrá requerir el aval de una institución pública que justifique el interés público del proyecto.

El acceso a la información requerirá la firma previa de unas condiciones de uso y de compromisos de preservación del Secreto Estadístico por parte de todos los integrantes del equipo de investigación.

El coste de este servicio se calculará según la resolución de precios vigente.

Formulario de solicitud de acceso a datos confidenciales con fines científicos

Modelo condiciones de uso de la información

Modelo compromiso de secreto estadístico

Resolución de precios privados del INE

Restricciones de datos

Los investigadores no podrán acceder a información que contenga identificadores directos como nombres y apellidos, razón social, números identificativos como el DNI, Seguridad Social, CIF, la dirección postal o cualquier otra información que se considere identificador directo.

El INE solo facilitará la información mínima necesaria para llevar a cabo el proyecto de investigación para el que se presenta la solicitud de acceso.

El INE no facilitará información a investigadores particulares, sino que estos deberán desempeñar su labor en una entidad de investigación reconocida.