31 October 2025 (Text in translation process)

Elections to the Assembly of Extremadura on December 21, 2025

Principales resultados

  • En las Elecciones a la Asamblea de Extremadura podrán votar 890.967 electores.
  • Los electores residentes en el extranjero podrán votar sin necesidad de solicitud previa.
  • El censo electoral se podrá consultar del 3 al 10 de noviembre.

El próximo 21 de diciembre de 2025 podrán votar 890.967 electores en las elecciones a la Asamblea de Extremadura. De ellos, 860.359 residen en Extremadura y 30.608 en el extranjero.

De los electores residentes en Extremadura, 26.695 podrán participar por primera vez en unas elecciones a la Asamblea de Extremadura, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación, celebrada el 28 de mayo de 2023.

Electores en las elecciones a la Asamblea de Extremadura, por circunscripciones

Voto de los electores residentes en el extranjero

Los electores residentes en el extranjero podrán votar en las elecciones a la Asamblea de Extremadura sin necesidad de solicitud previa.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del 13 al 18 de diciembre –que son los días habilitados para el depósito del voto en urna–.

Electores en las elecciones a la Asamblea de Extremadura residentes en el extranjero por países (con más de 1.000 electores)

Consulta del censo electoral y reclamaciones

En la Sede Electrónica del INE está disponible un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral previa acreditación de la identidad del elector con el sistema Cl@ve (DNI electrónico entre otros). Y, en el caso de los electores residentes en España muestra, además, la mesa y dirección del local electoral.

Los electores, tanto residentes en España como en el extranjero, podrán presentar reclamaciones a través de la Sede Electrónica del INE con el sistema Cl@ve y aportando un certificado vigente de inscripción en el Padrón de su municipio de residencia o en el Registro de Matrícula Consular.

También podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE en el mismo plazo, del 3 al 10 de noviembre.

El censo electoral de residentes en España se podrá consultar del 3 al 10 de noviembre en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la OCE. Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en las oficinas consulares.

Solicitudes de oposición a recibir propaganda electoral

Quienes realicen la solicitud de oposición a recibir propaganda electoral hasta el 10 de noviembre no la recibirán por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones.

Las solicitudes posteriores al 10 de noviembre tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.

La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con el sistema Cl@ve, en la Sede electrónica del INE o en los ayuntamientos, oficinas consulares y delegaciones provinciales de la OCE.

Entrega de copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas

El procedimiento de entrega de las copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas que las soliciten será mediante descarga en un portal del INE.

Como requisito, en la solicitud de las copias deberán aportar dos cuentas de correo electrónico que se utilizarán para enviar a la candidatura información del portal y las contraseñas para acceso a los ficheros y la apertura de los mismos.

Tarjetas censales

Las tarjetas censales en la que se informará de la mesa y el local electoral donde vota el elector se enviarán a partir del 24 de noviembre.

Mas información

En la página web del INE está disponible información de interés sobre las actuaciones de la OCE en estas elecciones: recuentos de electores, trámites telemáticos que requieren certificado electrónico, consulta de mesa y local dónde hay que votar, información sobre cómo ejercer el voto por correo, plazos y normativa legal.

Además, en la Sede electrónica del INE se ofrecen los siguientes trámites que no necesitan de acreditación con certificado electrónico:

  • Consulta general de mesas y locales electorales.
  • Consulta del estado del voto por correo y número de envío de certificado cuando se ha enviado a Correos.
  • Cumplimentación de la solicitud de voto por correo para su posterior entrega a Correos.

Adicionalmente, las delegaciones provinciales de la OCE atienden las consultas sobre las actuaciones de su competencia (inscripción en el censo, reclamaciones, mesas y locales electorales, voto por correo, etc.) en sus oficinas y en el teléfono gratuito 900.343.232.

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