El efecto de la inclusión de las rebajas en el nuevo IPC

Introducción  Subir

La implantación de una nueva base del IPC siempre supone una ruptura en la continuidad de las series de índices de precios que se publican.

Hasta ahora, la forma de proceder en cualquier cambio de base ha sido la misma: con el objeto de obtener una serie homogénea se recurre al enlace y, en concreto, al enlace legal. Éste consiste en calcular en diciembre del último año de vigencia del Sistema que desaparece un coeficiente que establece la relación entre el Sistema viejo y el nuevo a través de los índices de precios de ese mes calculados en base antigua con metodología antigua y en base nueva con la nueva metodología.

El coeficiente calculado multiplicará la serie de índices de la base que desaparece de forma que ésta se transforma en una serie en base nueva. Este coeficiente mantiene las tasas de variación publicadas en el pasado y se denomina legal por ser el que aplica el INE en sus certificados oficiales.

El problema de la introducción de los precios rebajados  Subir

La inclusión de los precios rebajados supone que en el nuevo IPC se recogerán los precios que han sufrido reducciones por motivos tales como ofertas y promociones, así como aquellos cuyas disminuciones son debidas a periodos oficiales de rebajas. Evidentemente, se verán afectadas por ello la gran mayoría de las parcelas que componen el IPC, aunque las reducciones por rebajas se producirán de forma más acentuada en parcelas como el vestido, calzado, electrodomésticos, etc, donde éstas son más habituales.

En cualquier caso, la introducción de los precios rebajados conlleva una ruptura en las series del IPC que, como se verá en este documento, no tiene solución a través de los enlaces legales habituales. A continuación se presenta esquemáticamente la forma que podrá tener una serie de índices de precios, después de realizar el enlace legal.

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Como se puede observar, en enero de 2002, fecha de entrada en vigor del nuevo Sistema, hay una reducción significativa del índice debido a la inclusión de los precios rebajados; así, la tasa anual de este mes (para lo que se utilizaría el índice enlazado en enero de 2001) estaría influida por el cambio metodológico que supone la inclusión de los precios rebajados. Esto ocurriría también en el resto de los meses del año 2002.

Así pues, se trata de un problema metodológico cuya solución debe estar sujeta al objetivo último del IPC: medir la evolución en el tiempo del nivel de precios de los bienes y servicios de consumo. Esto quiere decir que lo que interesa es obtener tasas de variación mensuales, anuales y acumuladas que representen lo más fielmente posible la evolución real de los precios.

Como se ha visto, si se utiliza el enlace legal, se consiguen unas tasas mensuales y acumuladas a partir de 2002 reales pero no ocurre lo mismo con las tasas anuales. La solución a adoptar se detalla a continuación.

Cálculo de tasas de variación anuales durante el año 2002  Subir

El cálculo de las tasas anuales durante el año 2002 se realizará con los índices del año 2002 y los índices no publicados (que incluyen los precios rebajados) del año 2001. Por tanto, en los cálculos de las tasas anuales no se considerarán los índices de la base 1992 enlazados como en cambios de base anteriores. El siguiente esquema representa la solución a adoptar:

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Para establecer el año 2001 como el periodo base del nuevo Sistema, es preciso calcular los índices de precios mensuales medidos según la nueva metodología (se ha señalado como serie no publicada en el esquema). En esta ocasión, estos índices servirán, además, para calcular las tasas anuales de cada uno de los meses del año 2002, ya que están calculados con los precios de rebajas y por tanto son perfectamente comparables con los que se irán publicando a partir de enero de 2002.

De esta forma, la tasa anual no se verá afectada por ningún cambio metodológico ya que se está comparando cada índice publicado durante el año 2002 con el índice del mismo mes del año 2001 en base 2001. Esto es, con precios rebajados y con ponderaciones y cesta de la compra de la base 2001.

Sin embargo, dado que los índices en base 2001 para los meses del año 2001 no son públicos, si se quiere calcular la tasa de variación anual como hasta ahora, con índices publicados, se obtendrán variaciones diferentes a las que el INE va a facilitar. Esto es algo nuevo, ya que hasta ahora, las tasas publicadas se podían obtener a partir de los índices publicados.

Cálculo de tasas de variación entre periodos pertenecientes a distintas bases  Subir

El método descrito sirve para solucionar el problema del cálculo de las tasas de variación anuales a partir de enero de 2002; sin embargo, todavía persiste el problema de la falta de continuidad de las series de IPC, lo que impide calcular tasas de variación entre dos periodos de distintas bases como hasta ahora, es decir, a partir de los índices enlazados.

No se trata sólo de una ruptura que afecta al ámbito de los analistas y estudiosos de la inflación sino que afecta a todos los contratos legales que utilicen el IPC y necesiten conocer la variación del IPC entre dos momentos del tiempo pertenecientes a distintas bases.

Siempre que el periodo inicial corresponda al año 2001 y el periodo final sea igual o posterior al año 2002, se utilizarán los índices en base 2001, los cuales no estarán publicados para el primero de los periodos. No obstante, las tasas de variación serán calculadas previamente por el INE y puestas a disposición del público.

Cuando el periodo inicial sea anterior al año 2001, los únicos índices disponibles no incluyen precios rebajados, por ello, es necesario utilizar un método de cálculo de variaciones que solucione el problema citado anteriormente.

Este método está basado en dos premisas fundamentales:

  • facilidad de aplicación por parte de los usuarios.
  • coherencia de los resultados obtenidos con la realidad.

De este modo, las tasas de variación de precios entre dos periodos cuando el primero es anterior a enero de 2001 y el segundo es igual o posterior a enero de 2002, se calcularán por partes. Es decir, si se quiere saber cuál ha sido la variación del IPC desde el mes m del año t (t < 2001) hasta el mes m’ del año t’ (t’ >= 2002) se considerarán los siguientes tramos temporales:

- Variación m t / m’ 2001
- Variación m’ 2001 / m’ 2002
- Variación m’ 2002 / m’ t’

Como se puede observar:

  • el primer tramo es el único para el que puede comparar meses diferentes, dado que se trata de periodos anteriores a enero de 2002 y ninguno viene afectado por el efecto rebajas.
  • el segundo tramo corresponde a un periodo anual, compara el mismo mes del año 2001 con el del año 2002. Las variaciones reales para estos periodos se publicarán pero no se podrán calcular a partir de los índices publicados.
  • el tercer tramo compara el mismo mes de distintos años, ambos posteriores a 2001, de modo que ambos incluyen precios rebajados, pero al tratarse del mismo mes la tasa no se ve afectada por la inclusión de precios rebajados.

Las variaciones de precios para el primer y tercer tramo se puede calcular con los índices publicados, mientras que la variación de precios en el segundo tramo será la que se publique, obtenida al comparar los índices en base 2001 para ambos periodos.

La mecánica del cálculo de estas tasas de variación se presenta en el siguiente esquema:

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Para facilitar a los usuarios la obtención de las tasas de variación descritas, éstas serán calculadas previamente por el INE y puestas a disposición del público a través de Internet o difundidas a través de las ventanillas de atención al público.