9 October 2026 (Text in translation process)

General Elections on 29 November 2026

Principales resultados

  • En las elecciones a Cortes Generales podrán votar 38.728.356 electores. 
  • Los electores residentes en el extranjero podrán votar sin necesidad de solicitud previa.
  • El censo electoral se podrá consultar del 12 al 19 de octubre.
  • Las tarjetas censales se enviarán a partir del 2 de noviembre.

El próximo 29 de noviembre de 2026 podrán votar 38.728.356 electores en las elecciones a Cortes Generales. De ellos, 35.958.711 residen en España y 2.769.645 en el extranjero.

De los electores residentes en España, 1.615.127 podrán participar por primera vez en unas elecciones generales, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación a Cortes Generales, celebrada el 23 de julio de 2023.

Número de electores en las elecciones a Cortes Generales por circunscripciones

Voto de los electores residentes en el extranjero

Los electores residentes en el extranjero podrán votar en las elecciones a Cortes Generales sin necesidad de solicitud previa.

La Oficina del Censo Electoral (OCE) enviará a todos los electores la documentación necesaria para el voto en dos envíos independientes, documentación que podrá también obtenerse directamente en los centros de votación que establezca el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del 21 al 26 de noviembre -que son los días habilitados para el depósito del voto en urna-.

Número de electores en las elecciones a Cortes Generales residentes en el extranjero por países (con más de 50.000 electores)

Consulta del censo electoral y reclamaciones

El censo electoral de residentes en España se podrá consultar del 12 al 19 de octubre en los ayuntamientos y en las delegaciones provinciales de la OCE.

Los electores residentes en el extranjero podrán comprobar sus datos de inscripción en estas mismas fechas en las oficinas consulares.

En la Sede Electrónica del INE está disponible un servicio de consulta a los datos de inscripción en el censo electoral previa acreditación de la identidad del elector con el sistema Cl@ve (DNI electrónico entre otros). Y, en el caso de los electores residentes en España muestra, además, la mesa y dirección del local electoral.

Los electores, tanto residentes en España como en el extranjero, podrán presentar reclamaciones a través de la Sede Electrónica del INE con el sistema Cl@ve aportando un certificado vigente de inscripción en el Padrón de su municipio de residencia o en el Registro de Matrícula Consular.

También podrán presentar reclamaciones a sus datos de inscripción en los ayuntamientos, consulados o en las delegaciones provinciales de la OCE en el mismo plazo, del 12 al 19 de octubre.

Solicitudes de oposición a recibir propaganda electoral

Quienes realicen esta solicitud hasta el 19 de octubre no recibirán propaganda electoral por parte de los partidos políticos en la campaña electoral de estas elecciones, de acuerdo a lo establecido en el cambio legislativo llevado a cabo en diciembre de 2018.

Las solicitudes posteriores al 19 de octubre tendrán efecto en las siguientes elecciones que se celebren.

La solicitud de exclusión puede realizarse por internet, con el sistema Cl@ve, en la Sede Electrónica del INE o en los ayuntamientos y delegaciones provinciales de la OCE.

Entrega de copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas

En estas elecciones el procedimiento de entrega de las copias del censo electoral a los representantes de las candidaturas proclamadas que las soliciten será mediante descarga en un portal del INE. Como requisito, en la solicitud de las copias deberán aportar dos cuentas de correo electrónico que se utilizarán para enviar a la candidatura información del portal y las contraseñas para acceso a los ficheros y la apertura de los mismos.

Los representantes de las candidaturas proclamadas que deseen utilizar este procedimiento de acceso telemático a las copias del censo electoral vigente deberán hacerlo mediante solicitud presentada en la Sede Electrónica del INE. El acceso a este trámite deberá realizarse mediante alguno de los sistemas de identificación proporcionados por la plataforma Cl@ve.

Tarjetas censales

Las tarjetas censales se enviarán a partir del 2 de noviembre en las que se informará de la mesa y el local electoral donde vota el elector.

Información

En la página web del INE está disponible información de interés sobre las actuaciones de la OCE en estas elecciones, recuentos de electores, reclamaciones, mesas y locales electorales, voto por correo, plazos y normativa legal.

Además de la consulta del censo electoral vigente, en la Sede Electrónica del INE se ofrecen los siguientes trámites, sin necesidad de acreditación con certificado electrónico:

  • Consulta general de mesas y locales electorales, sin necesidad de acreditación
  • Consulta del estado del voto por correo y número de envío certificado, si se ha enviado a Correos
  • Cumplimentación de la solicitud de voto por correo

Adicionalmente, las delegaciones provinciales de la OCE atienden las consultas sobre las actuaciones de su competencia (inscripción en el censo, mesas y locales electorales, tarjetas censales, voto por correo, etc.) en sus oficinas y en el teléfono 900.343.232.

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